Y, ¿quiénes NO pueden hacer aportes a Vaki politics?
De acuerdo con el artículo 27 de la Ley 1475 de 2011, son fuentes prohibidas de financiación:
• Las que provengan de gobiernos o personas naturales o jurídicas extranjeras.
• Las que procedan de actividades ilícitas o tengan por objeto financiar fines antidemocráticos o que atenten contra el orden público.
• Las que se originen en propietarios de bienes sobre los cuales se hubiera iniciado un proceso de extinción de dominio.
• Las que se deriven de personas anónimas.
• Las que se deriven de personas naturales contra las que se haya formulado acusación o imputación en un proceso penal, por delitos relacionados con la financiación, pertenencia o promoción de grupos armados ilegales, narcotráfico, delitos contra la administración pública, contra los mecanismos de participación democrática y delitos de lesa humanidad.
• Las que tengan como fuente funcionarios públicos, excepto las de los miembros de corporaciones públicas de elección popular.
• Las que hagan personas naturales o jurídicas cuyos ingresos se originen en más de un 50 % en contratación pública.
• Las que provengan de personas naturales o jurídicas que administren recursos públicos o parafiscales.
• Las que procedan de personas naturales o jurídicas que tengan licencias o permisos para explotar monopolios estatales o juegos de suerte y azar.
Tampoco se podrá recaudar contribuciones y donaciones individuales superiores al 10% del valor total de los gastos de la campaña.
Recuerda que en Vaki politics no hay aportes anónimos, debido al enfoque de transparencia.